Alojamiento 2024-02-21T11:30:56+00:00

Un beneficio para todos: alojamiento por enfermedad, cursos y correos policiales

A fin de lograr una mejor organización de las prestaciones de este servicio y teniendo en cuenta una mayor equidad del usufructuo del mismo por parte de todos los afiliados, se deberá respetar la siguiente reglamentación:

Todo asociado que necesite utilizar el servicio de alojamiento, por cualquier motivo (trámites particulares, enfermedad, cursos, personal correo) deberá solicitarlo con antelación, en la Delegación que corresponde a su destino, presentando la siguiente documentación:

  • Ultimo recibo de haberes.
  • Copia hojas 1 y 2 de DNI del titular (y acompañantes si corresponde).

En la Delegación, se confeccionará la Orden de Reserva, en la cual se registrarán todos los datos del solicitante, fecha de ingreso al alojamiento, motivos, etc. debiendo la misma, ser firmada por el asociado peticionante.

En el caso de tener que utilizar el alojamiento un acompañante menor, será considerado sin cargo hasta los cinco (5) años.

Si el asociado se presentara en el alojamiento sin la debida reserva y/o autorización, no se le brindará el servicio, salvo exclusivos casos de urgencia, días feriados u horarios fuera de atención al público, donde el asociado puede comunicarse telefónicamente, solicitando el servicio al Alojamiento Social (0221) 427-1676.

Alojamiento por enfermedad

Internados

Corresponde el alojamiento SIN CARGO hasta un término de siete (7) días para UN acompañante del socio y/o familiar directo internado, con desayuno, presentando indefectiblemente el Certificado Médico que avale la internación.

En aquellos casos que la estadía deba extenderse por la situación del enfermo, se confeccionará por parte de personal de asistencia social, documentación para requerir cobertura por tramite de excepción ante la Dirección de Servicios Sociales.

Ambulatorio

Corresponde el alojamiento SIN CARGO, por dos (2) días (el anterior de consulta al médico y el día de la consulta), para el titular y un acompañante, presentando indefectiblemente el Certificado Médico que avale la consulta.

En todos los casos, la no presentación de la documentación requerida, dará lugar a la facturación con cargo al socio de los gastos originados por la estadía y el racionamiento.

Alojamiento por trámites particulares

Teniendo en cuenta que la creación del Alojamiento Social tiene como finalidad brindar el servicio prioritariamente a quienes concurren por enfermedad, la estadía por trámites particulares, es CON CARGO, el mismo se efectúa en hoteles, lográndose a través de convenios, tarifas menores a las habituales en plaza.

Cualquier situación que no esté contemplada o que pueda ser motivo de diferentes interpretaciones, tendrá validez aquella que emane de la resolución adoptada por la Comisión Directiva.